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domingo, diciembre 01, 2024

Tramitación de Asuntos en Materia Civil y familiar, solamente mediantre expediene y firma electronica

-Esto, a partir de hoy domingo 1 de diciembre de 2024, derivado de la entrada en vigor de la fase 1 de la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en el PJCDMX.
-Así lo determinó el CJCDMX, conforme al Plan de Implementación del citado código, aprobado por el órgano de administración, vigilancia y disciplina el 21 de mayo pasado.

Lino Calderón 

Derivado de la entrada en vigor de la fase 1 de la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF) en el Poder Judicial de la Ciudad de México, a partir de hoy domingo 1 de diciembre de 2024, los asuntos que se tramiten en esas materias se integrarán única y exclusivamente en expediente electrónico y mediante la firma electrónica.
Así lo determinó el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (CJCDMX), conforme al Plan de Implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares aprobado por ese órgano de administración, vigilancia y disciplina del órgano judicial capitalino el 21 de mayo pasado.
Así, a partir de hoy el uso exclusivo del expediente electrónico y firma electrónica operará, en la materia civil, para la promoción de controversias tramitadas en el juicio especial hipotecario oral y en el juicio especial de arrendamiento inmobiliario oral, así como sus procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa, conforme a lo dispuesto en el CNPCyF.
Por lo que hace a la materia familiar, para la promoción de procedimientos de jurisdicción voluntaria en todas sus modalidades, cualquier controversia familiar en la que no se plantee el divorcio, aquellos conflictos que se atiendan mediante la justicia restaurativa, así como sus respectivos procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa, conforme a lo dispuesto en el CNPCyF.
El CJCDMX precisó que, a partir de esta fecha, ninguna petición será recibida físicamente, por lo que cualquier escrito inicial de demanda, contestación, promoción subsecuente, interposición de recurso y/o medio de defensa solo será recibido a través de la Oficialía de Partes Virtual dependiente de la Oficialía de Partes Común Civil, Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección Salas con la autenticación de la firma electrónica de las personas que promueven.
Por otra parte, a fin de garantizar la tutela jurisdiccional efectiva de todas las partes en los procedimientos judiciales en torno a los expedientes electrónicos, trámite de firma electrónica, transmisión de audiencias en línea y demás trámites apoyados en las tecnologías de comunicación e información, el CJCDMXordenó la instalación de módulos en los inmuebles de Plaza Juárez 8, sede de los órganos jurisdiccionales de la materia familiar, y Torre Patriotismo, sede de los órganos judiciales de la materia civil, para brindar apoyo, asistencia, acceso, consulta y soporte técnico de manera gratuita a los justiciables.